tag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post4194464674791421894..comments2016-03-01T08:07:54.983-08:00Comments on MANUEL EDUARDO MARÍN SANTOYO: Análisis ley 1395 de 2010, mediante la cual se Reforma el código de procedimiento civil. I parte general:MANUEL EDUARDO MARÍN SANTOYOhttp://www.blogger.com/profile/07276777391880739470noreply@blogger.comBlogger10125tag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-58073453525179234922016-03-01T08:07:54.983-08:002016-03-01T08:07:54.983-08:00Muy bueno, lo seguiré de cerca. Muy efectivo Dr. M...Muy bueno, lo seguiré de cerca. Muy efectivo Dr. Manuel Eduardo. Gracias prennes.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/08002181354846917104noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-79536284958802427882016-03-01T08:05:49.429-08:002016-03-01T08:05:49.429-08:00Muy bueno, lo seguiré de cerca. Muy efectivo Dr. M...Muy bueno, lo seguiré de cerca. Muy efectivo Dr. Manuel Eduardo. Gracias prennes.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/08002181354846917104noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-62640575473057498742015-08-11T08:53:46.004-07:002015-08-11T08:53:46.004-07:00gracias por su conocimiento doctor Manuelgracias por su conocimiento doctor ManuelELKIN OCTAVIO GIRALDO FOTOGRAFOhttps://www.blogger.com/profile/04867339529810951530noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-41034649527834668072011-11-03T21:22:15.349-07:002011-11-03T21:22:15.349-07:00muy util excelente analisismuy util excelente analisisnenishttps://www.blogger.com/profile/14391126356607657369noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-75568404612287117722011-09-12T08:23:56.315-07:002011-09-12T08:23:56.315-07:00Dudas ;;; Procedera o no la audiencia del art 101 ...Dudas ;;; Procedera o no la audiencia del art 101 en los procesos ordinarios y abreviados segun la ley 1395ebertohttps://www.blogger.com/profile/11759439034805153517noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-82338454968047570752011-07-18T21:26:12.972-07:002011-07-18T21:26:12.972-07:00Profe, gracias, me sirvió esta herramienta. Una ¿?...Profe, gracias, me sirvió esta herramienta. Una ¿?, sólo las pruebas que se aportan en la conciliación extraprocesal son las que se harán valer dentro del proceso? lo que se se allegue después se pueden tachar? LE AGRADEZCO me ayude con este tema. yipcas@hotmail.comyipcashttps://www.blogger.com/profile/08240600862622983139noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-21525080127947822332011-01-26T21:14:40.859-08:002011-01-26T21:14:40.859-08:00Claro, que elimino en buena hora el tramite proces...Claro, que elimino en buena hora el tramite procesal de los ordinarios y abreviados; es decir que los procesos que se adelantaban mediante estos procedimientos, ahora se adelantan mediante el tramite de los verbales, teniendo en cuenta si son de menor y mayor cuantía; pero si son de mínima cuantía, se tramitan mediante el tramite de verbal sumario.JESUS MIGUELhttps://www.blogger.com/profile/09763141175203399432noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-89719493248485210402011-01-20T10:36:13.024-08:002011-01-20T10:36:13.024-08:00Me encuentro en una confusión y quisiera saber si ...Me encuentro en una confusión y quisiera saber si me la pueden aclarar. ¿La ley 1390 elimina el proceso ordinario? o mas bien le cambia el nombre y agrega algunas cosa. Esto porque según parece, la primera parte habla de un proceso declarativo, lo regula y da unas aplicaciones especiales. Pero en la parte atinente al proceso verbal de mayor y menor cuantía también tiene unas reglas diferente. Citando a manera de ejemplo el articulo 400, trata el tramite de las excepciones previas, (me imagino que para el proceso declarativo) y luego en el art 429 da unas reglas para el tramite de las excepciones previas y de merito. Y así ocurre en varios apartes. Ruego sea contestada mi duda al correo Laurrex_88@hotmail.comUnknownhttps://www.blogger.com/profile/14418987818030615594noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-52615728193827861092010-10-06T08:40:29.411-07:002010-10-06T08:40:29.411-07:00esta muy interesante este blog muy buenos co...esta muy interesante este blog muy buenos comentariosmonykhttps://www.blogger.com/profile/02818069204515258840noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1204020587247055162.post-11108500567602354222010-08-06T11:42:06.112-07:002010-08-06T11:42:06.112-07:00Enhorabuena por su Blog profesor Marín. Lo seguiré...Enhorabuena por su Blog profesor Marín. Lo seguiré pendiente.Juan Pablo Sterling Casashttps://www.blogger.com/profile/06319611005855419076noreply@blogger.com